La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mecanica pura y dura

Moderador: Sparrow

Responder
wualas
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por wualas » 04 Ene 2011, 05:06

Buen aporte isrodriguez, impedimentos para todo a la hora de customizar nuestras monturas

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 12 Feb 2011, 16:51

Sí, ésto está de puta madre pero a la hora de la verdad NO SE CUMPLE LA LEY

Mira, un ejemplo chorra.... La luz de Xenon

Yo compre un dispositivo de reactancia y foco de Xenon fuera de la UE

El artefacto en sí no varía en nada la forma de la moto ya que reactancia y bulba van alojadas en el foco original, además el cristal y el reflector tambien son los originales y la zona iluminante "a simple vista" parece la correcta, ya que no solo tiene una intensidad y nitidez adecuadas, sino que además tiene el Haz de Luz desplazado hacia un lado en el extremo (pa no cegar a los que vienen en contra)... pa que te aclares, solo cambio la bombilla, por lo que cumple la directiva 76/756/CEE y el anexo de instalacion

Pero claro, si vamos a la solicitud, en ella se indica que cada tipo de dispositivo "debera estar debidamente identificado (POR EJEMPLO, con la marca de homologacion, el nombre del fabricante...)", además se piden esquemas con la posicion de las luces y las superficies iluminantes, hasta aqui todo correcto

Pero si cojes el MODELO lo primero que te pide el el Número de Homologación CEE

¿Qué cojones es esto? en la ley viene como ejemplo y en la práctica solo mirarían el marcado CEE (que al no llevar el reflectante, ni el cristal, ya que estan homologados de fabrica por que son originales.. ¿donde quieres el marcado? ¿en la punta de mi capuyo? ¡¡GILIPOLLAS!!... no he mencionado que la reactancia es Waterproof

Total que ni con esas, porque si vas con unos intermitentes de LED, hechos en Europa, con marcado CE, con el relé para que parpadeeeen segun la ley, el SUBNORMAL de la ITV sólo te va a pedir "LA FACTURA" cosa que no se indica en el anexo 2 del modelo

¿Cómo se come ésto?

::chopper::

Oye! Un abrízo!!

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 13 Feb 2011, 02:06

Imagen

Este es el KIT XENON H7 35W 6000K PARA MOTO


Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 13 Feb 2011, 04:17

¿Y por qué no se puede hacer una serie limitada?

::brindis::

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 14 Feb 2011, 04:48

He encontrado esto en la web de una empresa, en ella se describe cómo homologar un accesorio, las luces de Xenon, en éste caso se aconseja no homologar kits, sólo faros completos, pero he contactado con varias empresas de las que venden los kits para que me indiquen el metodo de Homologacion


Kits de luces de lámparas de descarga HID (XENON)

--------------------------------------------------------------------------------

Los beneficios de las lámparas de descarga son considerablemente conocidos:
Flujo luminoso más intenso y de mayor alcance
Menor consumo y menor calentamiento de los elementos del faro
Fatiga visual menor, etc....
La popularización últimamente de kits de fácil montaje mediante los cuales podemos transformar nuestras viejas lámparas halógenas a "supuestos" faros de xenón ha llevado a CEC-TUNING a trabajar a fondo en el tema desde hace poco más de ¡UN AÑO!
Durante todo ese tiempo se ha realizado diversos estudios y pruebas:
Normativa, regulaciones y estándares
Variedad de productos de diversos fabricantes
Tecnologías empleadas y seguridad
Elementos accesorios
Pruebas en circulación, etc....
Las conclusiones son considerablemente importantes y, por tanto, nos vemos obligados a publicar la situación actual de estos productos e intentar la máxima difusión de la presente información.
La normativa principal a la que hacemos mención es la siguiente y algunos textos ya se encuentran en nuestra página de documentación:
Instalación de sistemas de iluminación en los vehículos E/ECE/TRANS/324/48
Lámparas halógenas de filamento, descritas en la normativa E/ECE/TRANS /324 /37
Faros para lámparas halógenas de filamento E/ECE/TRANS/324/8 y 20
Lámparas de descarga, descritas en la normativa E/ECE/TRANS/324/99
Faros para lámparas de descarga en la normativa E/ECE/TRANS/324/98
Sistemas lavafaros E/ECE/TRANS/324/45
Requisitos de inmunidad radioeléctrica E/ECE/TRANS/324/11


CONCLUSIONES PRINCIPALES

Las lámparas de descarga deben estar homologadas oficialmente y adecuarse a la normativa ECE/99, no solamente contemplarla (muchos kits rezan: CONFORME A E99). Dicha normativa sólo permite una disposición concreta de los elementos de la lámpara, unos tipos de casquillo y unas características lumínicas. Los kits existentes no se adecuan a dicha norma por el empleo de un casquillo no reconocido (es como el empleado en lámparas halógenas) y además, todas las lámparas de los kits sólo servirían para faros de proyección pues no llevan elemento reflector en el bulbo.
Los faros para lámparas halógenas sólo pueden emplearse con lámparas halógenas y los faros de lámparas de descarga sólo deben llevar lámparas de descarga. Para saber si un faro admite halógena o descarga, en el código de homologación que debe llevar marcado indeleblemente pondrá "H" (para lámpara Halógena) ó "D" (para lámpara de Descarga) Esto invalida completamente el uso de lámparas de una tecnología en faros pensados para otra
La necesidad de instalación de un lava faros según ECE/48 implica un desembolso económico importante. Un kit de lava faros universal telescópico cuesta aproximadamente 350.-EUROS mano de obra no incluida. (ejemplo HELLA 8WT 008 549-101)
La necesidad de instalación de un regulador automático de alcance universal, según ECE/48 implica un desembolso económico de 450.-EUROS. (ejemplo HELLA 8XX 008 614-011)
Cualquier modificación del sistema de iluminación de serie del vehículo debe ser comunicada a la autoridad y debe ser aprobada
Los equipos electrónicos (circuito cebador, alimentadores, etc) deben ajustarse a la regulación de inmunidad a las interferencias radioeléctricas ECE/11
En ninguna normativa oficial ni de ámbito local se reconoce la posibilidad de reemplazar las lámparas de filamento por las de descarga
En algunos comercios se están vendiendo como kits homologados, cuando la única homologación de que disponen, generalmente, es la ECE11, PERO NO ES SUFICIENTE. El comprador de un kit al que se lo hayan vendido como "legal" puede demandar al comercio y, en caso de conflicto con la compañía de seguros por un siniestro o de retirada del permiso de circulación, el comerciante será responsable civil subsidiario. Esto lo recoge la legislación española y más concretamente el código de comercio.
La substitución de las lámparas halógenas por el kit ocasiona en ciertas marcas y modelos (AUDI, BMW, MERCEDES, VOLVO...) una indicación permanente de alarma en la consola del salpicadero. Algunos de estos vehículos llevan un sensor de lámpara fundida en la unidad de control que se activa al dejar de llevar lámpara halógena.
Los únicos kits con homologación oficial COMPLETA se basan en la substitución completa de los faros y la instalación de lava faros y reguladores de alcance automático, si el vehículo no dispusiera de estos últimos. SÓLO están disponibles para los siguientes modelos: Audi A3, Ford Focus, BMW E39, Opel Astra G3/99, VW Golf IV, Bora y Passat B5 y Mercedes Clase E. Su precio puede rondar más de 2000.-Euros mano de obra no incluida
RESUMIENDO

La compañía de seguros, en caso de siniestro, no se hará cargo de responsabilidad alguna (aunque el uso de dicho kit no haya sido un factor del accidente)
Se están empleando temperaturas de color que no están autorizadas para circular por Europa y que causan molestias
Balastos que no tienen probada su resistencia a la alta tensión y pueden producir una descarga mortal al que se encuentre manipulando en su proximidad (no es necesario contacto directo)
Bulbos de proyección en faros de reflexión y en faros de tipo halógeno. El resultado es un haz no uniforme y que causa molestias a otros conductores e incluso puede provocar reflejos al propio conductor
Circular con kits de xenón por las vías públicas puede provocar que nos retiren el permiso de circulación del vehículo
Los kits de reemplazo completo tienen un coste muy superior al montaje de serie del sistema de lámparas de descarga.
CEC-TUNING ha decidido NO COMERCIALIZAR ninguno de dichos kits pues se están empleando inadecuadamente en las vías públicas, cuando es un elemento para el off road y la competición.

abutardaloca
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por abutardaloca » 14 Feb 2011, 08:43

Vamos, que lo de "moto custom" será en yanquilandia y otros sitios por el estilo, porque lo que es aquí... casi casi, no podemos ni cambiarle una pegatina.

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 14 Feb 2011, 15:22

abutardaloca escribió:Vamos, que lo de "moto custom" será en yanquilandia y otros sitios por el estilo, porque lo que es aquí... casi casi, no podemos ni cambiarle una pegatina.
En teoria puedes cambiar lo que sea, siempre y cuando este homologado con el distintivo CE y lo demuestres con las caracteristicas y esquemas que acompañan al articulo, y lo acompañes con la factura de compra y una factura de instalacion de una empresa autorizada

Lo que no suelen permitir es que pongas tu los accesorios, veremos que pasa con las defensas y ese tipo de accesorios

::brindis::

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 14 Feb 2011, 15:31

Voy a contactar con ATISAE a ver que me dicen del tema

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 14 Feb 2011, 16:18

Inspección Técnica de Vehículos

Estructura de las Reformas

http://www.cochediez.com/itv/fichas-reformas.aspx

Merlin
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Merlin » 15 Feb 2011, 04:48

Igual para un viaje largo conviene alquilar una

::brindis::
::chopper::

abutardaloca
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por abutardaloca » 15 Feb 2011, 08:52

Las defensas... a mi me las pusieron cuando compré la moto y como me pongan pegas se las quito y no las vuelvo a poner hasta que me sobren 200 Leuros (que va a ser dificil que a mi me sobren 100 no te digo nada 200? para pillar unas nuevas y guardar factura y todo lo necesario.
De todos modos ni en las tiendas muchas veces saben lo que podemos llevar y lo que no, o se hacen los locos un poco. ¿Qué hay que pedir que nos den cuando modificamos algo de la moto? por ejemplo las defensas: La homologación (supongo que vendrá en algún papel o puesto en alguna parte del artículo, en este caso la defensa) factura de compra y de instalación ¿no es así? ¿me falta algo mas?

jokom
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por jokom » 15 Feb 2011, 12:23

he encontrado este articulo que trae un documento interesante para la homologación

http://www.soymotero.net/como-evitarte- ... a-itv-5757

ARES
Invitado
Invitado

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por ARES » 12 Mar 2011, 11:50

Hola
En una ITV de la provincia de C.Real dice que los faros auxiliares presentando el certificado de homologación y la declaración jurada los incluyen en la ficha técnica, la pantalla y el respaldo trasero que no lo incluyen pero que hacen la vista gorda. Que las defensa no las pasan ni de coña, que las desmonte si quiero pasar la ITV. Dicen que las defensas son salientes que dañarían a un peatón. Pienso que si le das a una persona con una defensa a 30 km/h lo mas que le puedes hacer es tirarla a suelo, si no llevas defensas seguro que le partes las piernas con el estribo, luego te caen encimas los 300kg de moto y te quedas con las piernas atrapas y quemándote con el tubo de escape. No sé de donde sale la idea de que las defensas son peligrosas. Señores esto es un país de samba y pandereta. No saben ni lo que es una reforma y todo queda al antojo de del ingeniero de turno por falta de una legislación detallada.
Deberíamos agruparnos y solicitar a la administración la devolución del pago de aquellos accesorios que en su día permitieron poner en el mercado y ahora nos hacen quitarlos y tirarlos. ¿Qué pasa con todos los accesorios no homologados que están en almacenes y tiendas de motos y de la noche a la mañana dicen que no valen y no pueden instalarse? ¿Quién paga el coste de tirarlos a la chatarra?.

Avatar de Usuario
Mustang
Invitado
Invitado
Mensajes: 210
Registrado: 07 Abr 2010, 21:43
Ubicación:

Re: La nueva ITV a partir el 14 de enero de 2011

Mensaje por Mustang » 13 Mar 2011, 20:19

Copiado del Foro Motos.net , escrito por Kawaman.

La aplicación del R.D. 866/2010 el pasado Enero, ha generado un alboroto en el sector de la motocicleta; al parecer las ITV's interpretan cada una el R.D. y su aplicación de una manera, y así ocurre que la mayoría aplican como reforma lo que no es, y en los pocos días que tiene en vigor el R.D., ya ha generado una polémica para los usuarios. Los fabricantes de motos y de accesorios están estos días mareados por la Ley en cuestión, y es que puede que el legislador que la ha redactado pensaba más en los coches que en las motos.
La Ley en cuestión se aplica a través del MANUAL DE REFORMAS DE VEHICULOS, y en este indica; que el Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio de 2010, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos, tiene como objeto unificar criterios de la legislación española en la materia y la emitida por la Unión Europea. Este real decreto, mantiene la coherencia entre la normativa europea de homologación de vehículos y la nacional sobre las reformas de los mismos; su aplicación debe permitir mantener las condiciones de seguridad activa y pasiva de los vehículos y su comportamiento en lo que se refiere a la protección al medio ambiente.
En el Manual, indica todo lo que se considerará reforma en función de tipo de vehículo, así como el proceso que debe realizarse para su homologación. Y es aquí donde las ITV´s le han dado campo ancho a su imaginación, aplicando cada empleado su criterio y no lo que dice el Manual, puesto que muchos consideran reforma todo aquello que no va instalado de origen, y a consecuencia de ello, tiene que estar homologado por un laboratorio autorizado, y montado por un taller autorizado.
Si bien el Manual deja claro donde se aplica y como, también es cierto que en las ITV's tienen que leérselo todo, puesto que en la Sección II, Grupo 8-52 dice textualmente esto:
"No tendrán consideración de reforma la instalación de elementos que sean desmontables con herramientas de uso común siempre y cuando sea una instalación sobre el vehículo de modo no permanente y se utilicen los soportes previstos por el fabricante."





Cualquier persona podrá entender que por ejemplo unas maletas no se deben considerar reforma, puesto que son desmontables con herramientas convencionales. Ahora bien, si le has soldado al chasis una estructura para llevar una máquina de afilar cuchillos, si se debe considerar reforma.
Esta polémica ha generado mucho malestar entre las personas que han ido a pasar la ITV de su moto, scooter o ATV, y mucha consulta innecesaria a los concesionarios, talleres, fabricantes, etc. Finalmente, y a consecuencia de todo este malestar, se han reunido las partes implicadas a través de sus representantes (Ministerio de Industria, ANESDOR y AECA), y su diálogo ha sido con el fin de que prevalezca la lógica en la aplicación de la Ley en cuestión.

Así pues, de esta reunión ha salido un consenso según han informado; AECA informará a las ITV's asociadas (95%), para que no consideren reforma elementos muy habituales en el sector de la motocicleta como pueden ser: maletas y baúles si son desmontables, cubremanos si son de material flexible, soportes de maletas que no sobresalgan de la carrocería, topes anticaidas con dimensiones razonables y formas redondeadas, neumáticos que no excedan en un 3% las medidas originales y siempre que tengan códigos de carga y velocidad igual o superior, y algunos más que nos consta, pero que por no tener ningún documento que los detalle, no podemos enumerarlos todos.
A partir de ahora, en teoría deben de ir desapareciendo estos "fantasmas" de las ITV's y deberán aplicar la lógica, así pues; si tienes que pasar la ITV, comienza a ver que le has montado y si este elemento tiene lógica y no genera peligro para quienes se acercan a la moto (elementos que sobresalen, cortantes, punzantes, etc.) Y si tu crees que está dentro de esa lógica y el empleado considera que no, siempre te cabe la posibilidad de pedir la hoja de reclamaciones, y redactar una queja enumerando muy detalladamente el porqué y el cómo, acompañando unas fotos que tú mismo puedes realizar in situ con tu móvil.
Si el empleado de la ITV te ve con firmeza y seguridad de lo que estás haciendo, al menos seguro que reflexionará y consultará con el jefe de línea, con lo que tendrás otro punto de vista de un superior, que igual "reblandece" la cuestión para no llegar a cumplimentar la hoja de reclamaciones. Pero en cualquier caso, debes defender la Ley y la lógica con todos tus derechos de usuario.
__________________

TU MEJOR WEB DE ACCESORIOS Y BOUTIQUE PARA MOTO AL MEJOR PRECIO.
WWW.STRACINGSTORE

Responder